tengo un caso de un cliente a cuyo arrendatario se le venció la prorroga legal correspondiente a un local comercial y no lo quiere entregar. Mi pregunta es que sin acudir a la vía administrativa puedo pedir ante el Tribunal medida de desalojo por cumplimiento de la prórroga legal, todo de acuerdo a lo señalado en 40 de la Ley de arrendamiento para el uso comercial?
No hay comentarios.:
Publicar un comentario